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Seguro de protección digital contra fraude electrónico

El seguro de protección digital respalda a tu empresa ante fraude electrónico, ciberataques y pérdida de datos, según la póliza.

Comparativo de compañías: seguro de protección digital

Incluida en el plan baseOpcional o parcialNo disponible

Coberturas de Seguro de protección digital por aseguradora
CoberturaSURABolívarAllianzAXA ColpatriaZurich
★ Recomendada
Chubb
★ Recomendada
Respuesta a incidentes y recuperación✓✓✓✓✓✓
Pérdida y restauración de datos✓✓✓✓✓✓
Fraude electrónico✓✓✓✓✓✓
Responsabilidad por filtración de información✓✓✓✓✓✓
Interrupción del negocio✓✓✓✓✓✓

Orientativo: las coberturas se rigen por el clausulado de cada póliza.

¿Qué cubre?

  • Respuesta a incidentes y recuperación
  • Pérdida y restauración de datos
  • Fraude electrónico
  • Responsabilidad por filtración de información
  • Interrupción del negocio

Preguntas frecuentes sobre seguro de protección digital

¿Qué cubre un seguro de protección digital?

Según la póliza, puede cubrir la respuesta a incidentes, la restauración de datos, pérdidas por fraude electrónico, la responsabilidad por filtración de información y la interrupción del negocio. Cada aseguradora define límites y exclusiones.

¿Sirve como seguro contra hackeo y fraude electrónico?

Según la póliza, sí: puede cubrir pérdidas por fraude electrónico y los costos de responder a un hackeo. Revisa con nosotros qué modalidades ampara, como la suplantación o el phishing, y cuáles excluye.

¿Cuánto cuesta un seguro de protección digital para empresas?

Depende de tu actividad, la facturación, el tipo y volumen de datos que manejas, tus controles de seguridad y el valor asegurado. En Vera comparamos opciones de SURA, Bolívar, Allianz, AXA Colpatria, Zurich y Chubb sin costo.

¿Cómo contratar un seguro de protección digital?

Cuéntanos a qué se dedica tu empresa, cómo hace y recibe pagos y qué información digital maneja. La aseguradora puede pedirte un cuestionario de seguridad. Desde Medellín te ayudamos a diligenciarlo y comparamos opciones.

¿Qué hago si mi empresa sufre un fraude electrónico?

Avisa a tu aseguradora cuanto antes: el Código de Comercio (art. 1075) fija tres días desde que conoces o debiste conocer el siniestro, y la póliza puede ampliarlos. Guarda la evidencia, denuncia el hecho y llámanos para acompañarte en la reclamación.

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